Desde la Ley Orgánica 3/2022 ya no existe un ciclo de Formación Profesional sin una fase obligatoria en empresa. Toda la FP española es dual. Lo que cambia de un ciclo a otro es el régimen bajo el que se imparte esa parte dual, y solo hay dos: el régimen general y el régimen intensivo, el que casi todo el mundo busca como FP Dual intensiva.

La diferencia no es de matiz. Decide cuántas horas pasas en la empresa, con qué estatus estás allí, si hay dinero de por medio y hasta cuánto puede acabar durando tu ciclo.

Aquí tienes las dos horquillas legales completas, quién decide el régimen de tu ciclo y qué está pasando de verdad en 2026, que no coincide exactamente con lo que cuenta la mayoría de las guías.

Qué cambia entre la FP Dual general y la intensiva

La ley no deja la comparación al criterio de nadie. El artículo 65.2 de la Ley Orgánica 3/2022 dice que los dos regímenes se diferencian en tres cosas, y solo en tres: la duración de la formación en empresa, el peso que esa empresa tiene en tu currículo y tu estatus mientras estás allí.

Todo lo demás que leerás por ahí deriva de esos tres ejes. Si tienes dudas sobre el concepto de partida, lo tienes desarrollado en nuestra guía sobre qué es la FP Dual y cómo funciona la formación en empresas.

Puestos uno al lado del otro, con las cifras que fijan la ley y el Real Decreto 659/2023 que la desarrolla, se ven mejor que explicados por separado.

  Régimen general Régimen intensivo
Horas en la empresa Entre el 25 % y el 35 % del ciclo Entre el 35 % y el 50 % del ciclo
Peso en el currículo Entre el 10 % y el 20 % de los resultados de aprendizaje Al menos el 30 % de los resultados de aprendizaje
Tu estatus Estudiante, sin vínculo laboral Estudiante y, además, parte de una relación formalizada con la empresa
Contrato de formación No existe, es un requisito del régimen La ley lo exige, con una salvedad transitoria hasta 2028
Compensación económica No obligatoria. La empresa puede dar ayudas de transporte u otras Sí, por nómina o por beca según la comunidad autónoma
Ampliación del ciclo La administración puede alargarlo hasta un 10 % La administración puede alargarlo hasta un 40 %
Convalidar la fase de empresa La ley no la excluye Excluida expresamente
Título que obtienes El mismo título oficial El mismo título oficial, con el régimen anotado

Una precisión sobre el 35 %, porque las dos normas no lo escriben igual. La ley define la intensiva como la que supera ese porcentaje, mientras que el Real Decreto que la desarrolla redacta el intervalo como "entre el 35 y 50 %". En la práctica el límite es el mismo, pero si ves las dos formulaciones no es un error de quien lo cuenta.

Régimen general: cuántas horas en empresa y con qué estatus

El artículo 66 de la Ley Orgánica 3/2022 define el régimen general con tres características que se tienen que dar a la vez. Duración de la formación en empresa entre el 25 % y el 35 % del total, participación de la empresa en hasta un 20 % de los resultados de aprendizaje del currículo e inexistencia de contrato de formación en la empresa.

El Real Decreto 659/2023 añade el suelo que la ley se deja: en los ciclos formativos, esa participación de la empresa no baja del 10 % de los resultados de aprendizaje. O sea que la empresa trabaja contigo entre el 10 % y el 20 % del currículo, no menos.

Traducido a horas de un Grado Superior, que son 2.000 repartidas en dos cursos, la fase en empresa se mueve en una horquilla aproximada de 500 a 700 horas. La Comunidad de Madrid, por ejemplo, ha fijado su oferta general en el 25 %, el extremo bajo del intervalo.

Qué significa "conservar el estatus de estudiante"

Esta es la parte que más confusión genera, y la ley es bastante explícita. Durante la fase en empresa conservas tu condición de estudiante, y esa fase carece de carácter laboral: tiene naturaleza de formación práctica tutorizada y no genera vinculación contractual con el centro de trabajo.

De ahí se derivan tres consecuencias concretas:

  • No hay salario: sin relación laboral no hay nómina, y nadie está obligado a pagarte por esas horas.
  • Sí puede haber ayudas: la misma frase de la ley termina admitiendo "la percepción de ayudas de transporte u otro tipo durante este periodo". Puede, no debe. Es decisión voluntaria de cada empresa.
  • No cubres un puesto de trabajo: la norma dice que esta formación en ningún caso tendrá la consideración de prácticas ni supondrá la sustitución de funciones que corresponden a una persona trabajadora.

Para empezar la fase en empresa necesitas dos cosas: tener cumplidos los 16 años y haber superado la formación en prevención de riesgos laborales, que imparte tu centro. Y ya no se concentra en un bloque al final. La ley pide distribuirla a lo largo del ciclo y que puedas tener contacto con la empresa a partir de los tres primeros meses.

Régimen intensivo: el 35-50 %, el contrato y lo que pasa hasta 2028

El artículo 67 define la formación profesional intensiva como la que se realiza alternando la formación en el centro con la actividad productiva, "y retribuida en el marco de un contrato de formación". La retribución forma parte de la definición legal del régimen, no es un extra.

Las tres condiciones que debe cumplir a la vez una oferta intensiva son el espejo de las anteriores:

  • Duración: la formación en empresa supera el 35 % de la duración total. El Real Decreto 659/2023 pone el techo en el 50 %, dato que casi ninguna guía recoge.
  • Peso en el currículo: la empresa participa en más de un 30 % de los resultados de aprendizaje o módulos profesionales.
  • Vínculo: existe un contrato de formación con la empresa.

La organización del día a día también es distinta. Centro y empresa diseñan secuencias articuladas en intervalos diarios, semanales o mensuales, y si tu estancia en la empresa supera el mes, la norma exige una presencia mínima en el centro para hacer seguimiento de tu formación. No desapareces del aula. Tampoco hay límite de edad para participar en ninguno de los dos regímenes.

Lo que pasa de verdad hasta el 31 de diciembre de 2028

Aquí está el matiz que cambia la decisión y que la mayoría de los artículos se salta. La disposición transitoria quinta de la Ley Orgánica 3/2022 habilita un periodo transitorio hasta el 31 de diciembre de 2028 para pasar del antiguo sistema de beca de la FP dual al contrato de formación que prevé la nueva ley.

Durante ese periodo, una plaza de FP Dual intensiva puede venir con beca en lugar de con contrato laboral. Y no es un caso raro de una empresa despistada: es lo que están haciendo comunidades autónomas enteras.

La Comunidad de Madrid lo dice con todas las letras en su propia web al describir su oferta intensiva: "Actualmente, la relación con la empresa no se formaliza mediante un contrato formativo, sino con un convenio de colaboración, no existe por tanto relación laboral del alumno con la empresa". A cambio, fija una beca mensual mínima a cargo de la empresa de 300 € en Grado Superior y 200 € en Grado Medio, y la empresa gestiona el alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

Conviene leer bien lo que eso implica. Cobras, y eso está fuera de duda. Pero una beca de 300 € al mes no son las condiciones de una nómina con contrato de formación, y sin relación laboral tampoco tienes los derechos que vienen con ella. Si alguien te presenta la intensiva como "la FP en la que trabajas y cobras un sueldo", le falta la mitad de la frase.

Por eso la pregunta útil antes de firmar no es si cobras, sino cómo te vinculan. Cuando hay compensación económica, el convenio entre centro y empresa debe recoger en un documento anexo las condiciones del contrato o, en su caso, de la beca, detallando importe, periodicidad y las condiciones del alta en la Seguridad Social. Pídelo.

El detalle de cuánto se cobra en cada caso, los mínimos que marca el Estatuto de los Trabajadores y qué cubre la Seguridad Social lo tienes desglosado en nuestra guía sobre si las prácticas de FP son remuneradas y cuánto se cobra.

Lo que no cambia: el título es el mismo

Esta es la duda que llega a cualquier departamento de admisiones en cuanto alguien entiende que hay dos regímenes: si el título de la general vale menos.

No. El artículo 64 de la ley es de una línea y zanja la cuestión: la superación de la formación da derecho, cualquiera que sea el régimen en que se curse, a un certificado o título único. Mismo título oficial, misma validez en todo el territorio nacional, mismo nivel del Marco Europeo de Cualificaciones.

Con un matiz honesto que también conviene saber: el propio artículo añade que en el título debe quedar constancia del régimen cursado. No hay dos títulos, pero sí consta cuál hiciste.

Tampoco cambia quién te evalúa. Superar la fase en empresa es obligatorio para obtener el título en los dos regímenes, y la evaluación final es responsabilidad del centro de formación, teniendo en cuenta la valoración que hace el tutor o la tutora de la empresa. La empresa informa, el centro califica.

Y hay un límite que protege lo mismo en los dos casos: ningún módulo profesional puede desarrollarse íntegramente en la empresa, ni puede asignarse a la estancia más del 65 % de las horas de un módulo. Por mucho que suba el porcentaje de empresa, el centro sigue siendo el responsable de tu formación.

Quién decide el régimen de tu ciclo

Aquí está el malentendido más extendido de todos. Mucha gente llega a la jornada de puertas abiertas preguntando si puede "elegir la intensiva", como se elige una optativa. No funciona así.

El régimen es una característica de la oferta formativa, no una opción del alumnado. La ley encarga a las administraciones determinar el régimen en que se realiza cada oferta, atendiendo a las demandas de los centros y de los agentes sociales. El Real Decreto lo concreta: la administración autoriza el régimen de cada oferta, la distribución y la duración de las estancias. Un mismo ciclo puede llegar a ofertarse en los dos regímenes, e incluso el régimen puede afectar a un grupo completo o solo a una parte.

Lo que sí es tu derecho es la información. Los centros deben informarte, con carácter previo a la matrícula, de la previsión del régimen en el que podrás hacer tu formación en empresa, de la duración que tendrá según ese régimen, de las características de cada uno y de los criterios con los que se adjudican las empresas.

Sobre cómo se recoge tu preferencia cuando un centro oferta la misma especialidad en los dos regímenes, hay un cambio reciente que merece una línea. El Real Decreto regulaba ese procedimiento, pero el Tribunal Constitucional anuló ese inciso para los ciclos formativos en su sentencia 82/2025, de 26 de marzo, al resolver un conflicto de competencias planteado por la Generalitat de Cataluña. Es decir, hoy el procedimiento concreto depende de cada comunidad autónoma, así que pregunta por el de la tuya en lugar de dar por bueno lo que leas de otra.

Cuatro preguntas para llevar a puertas abiertas

Con esto resuelves en cinco minutos lo que no se ve en un folleto:

  • En qué régimen se imparte este ciclo: general, intensivo, o los dos, y si en ese caso afecta a todo el grupo o solo a una parte.
  • Cuántas horas de empresa son exactamente: el porcentaje puede estar en cualquier punto de la horquilla, y entre el 25 % y el 50 % hay mucha diferencia.
  • Cómo me vinculan a la empresa: contrato de formación o convenio con beca, con importe y periodicidad por escrito.
  • Cuánto dura el ciclo con ese régimen: no la duración básica del título, la real de esa oferta concreta.

Tres consecuencias prácticas que casi nadie cuenta

Los porcentajes se entienden rápido. Lo que tarda más en verse es cómo te afectan en el calendario y en el bolsillo.

1. La intensiva puede alargarte el ciclo

El Real Decreto permite a las administraciones educativas ampliar la duración total del ciclo formativo en función del régimen en que se oferte. Y los márgenes no se parecen en nada: hasta un 10 % en régimen general, hasta un 40 % en régimen intensivo.

Sobre un Grado Superior de 2.000 horas, ese 40 % son hasta 800 horas más. Más tiempo en la empresa y un currículo con más peso en ella se pagan en calendario, y eso hay que meterlo en la ecuación si tenías pensado titularte en dos cursos exactos. Te interesa comprobar la duración real de la oferta, no la del título: lo explicamos en la guía sobre cuánto dura un Grado Superior de FP.

2. Las convalidaciones pueden dejarte fuera de la intensiva

Si llegas con módulos ya superados, esto te afecta directamente. El Real Decreto permite a las administraciones limitar la participación en el régimen intensivo de quienes, por convalidaciones, exenciones u otros motivos, no vayan a cursar en el centro los módulos profesionales relacionados con las actividades que harían en la empresa.

La lógica es consistente: si la empresa trabaja más del 30 % de los resultados de aprendizaje y tú no cursas los módulos que los contienen, el modelo pierde sentido. En la misma línea, la ley excluye expresamente convalidar o quedar exento de los periodos de formación en empresa en el régimen intensivo. Si vienes con reconocimientos, revisa primero cómo convalidar módulos de FP y pregunta después por el régimen.

3. El horario es compatible con el centro, no con lo que te venga bien

Mucha gente da por hecho que la intensiva encaja mejor con un trabajo porque "pasas más tiempo fuera del aula". El modelo de convenio del Real Decreto dice lo contrario: la empresa establece junto al centro un calendario y una organización horaria compatible con el calendario del centro de formación, y la fase en empresa no puede interferir con tu derecho y tu obligación de asistir a las clases ya planificadas.

Si el programa formativo exige movilidad horaria o territorial, hay que solicitarla de forma motivada a la administración competente. Con carácter general tampoco se trabaja en turnos ni periodos nocturnos, y el plan de formación respeta como mínimo un mes de vacaciones al año y un día y medio de descanso semanal.

Dicho de otro modo: la intensiva te da más empresa, no más libertad de horarios. Si lo que necesitas es compatibilizar con un empleo, el criterio a mirar es la modalidad de impartición, no el régimen dual.

Estudiar FP Dual en XFP

En XFP impartimos Grados Superiores oficiales de Técnico Superior, con validez en todo el territorio nacional, en régimen dual general. Lo decimos con la misma transparencia con la que hemos escrito el resto del artículo: las 500 horas de formación en empresa que haces dentro de las 2.000 del ciclo suponen el 25 % de la duración, el extremo bajo del intervalo que la ley reserva al régimen general, y no llevan asociada una retribución obligatoria.

Esas 500 horas están integradas a lo largo del ciclo, no concentradas en un bloque final, y se desarrollan en una red de más de 300 empresas colaboradoras. Esa red existe por el respaldo de Femxa, con más de 25 años de experiencia y más de 850.000 personas formadas.

La inteligencia artificial va integrada dentro de los propios módulos, aplicada a las tareas concretas de cada perfil profesional. Siempre con el mismo criterio: la herramienta propone, la persona decide y responde. Llegas a la empresa sabiendo usarla y sabiendo también dónde están sus límites.

A la titulación oficial le sumas al terminar el Certificado IA Skills de XFP, que acredita ante una empresa qué sabes hacer con la IA aplicada a tu área.

Todos los ciclos están disponibles en dos modalidades, con el mismo título oficial:

Solicita información sin compromiso y nuestro Departamento de Admisiones te explicará cómo se organiza la formación en empresa de tu ciclo, en qué empresas puedes realizarla y qué becas y ayudas tienes disponibles.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar de régimen a mitad de ciclo?

No es algo que dependa de ti. El régimen es una característica de la oferta en la que te matriculaste, y cambiarlo implicaría cambiar la duración de tu ciclo, el reparto de resultados de aprendizaje entre centro y empresa y tu vínculo con ella. Si tu centro oferta la misma especialidad en los dos regímenes, pregunta por el procedimiento de tu comunidad autónoma, porque lo fija cada administración. Lo que sí puede modificarse durante el curso es el reparto de los resultados de aprendizaje entre centro y empresa, que la norma define como flexible y adaptable.

¿Existe la FP Dual intensiva en modalidad online?

Son dos cosas independientes que se confunden mucho. El régimen, general o intensivo, se refiere al peso de la empresa en tu formación. La modalidad, presencial, semipresencial o virtual, se refiere a cómo recibes la parte que se imparte en el centro. Un ciclo puede combinarlas, pero la fase en empresa es presencial en los dos regímenes: no se cursa a distancia ni se convalida con un trabajo anterior cuando el régimen es intensivo.

¿En qué comunidades autónomas hay FP Dual intensiva?

La oferta la autoriza cada administración educativa, así que varía por comunidad, por familia profesional y por curso académico. Galicia, País Vasco, Aragón, Cataluña, Baleares y Madrid tienen oferta intensiva identificada y publicada en sus portales de admisión, y es ahí donde hay que mirar, porque la lista de centros y ciclos cambia cada convocatoria. No existe un catálogo estatal único de plazas intensivas.

¿Encuentro trabajo antes si hago la intensiva?

Más horas en una empresa suelen traducirse en más rodaje y más contactos, y eso cuenta. Pero no hay ninguna garantía de contratación en ninguno de los dos regímenes, y el título que obtienes es el mismo. Lo que de verdad mueve la aguja es qué haces en esas horas, en qué empresa y con qué seguimiento: una fase de 500 horas bien diseñada en una empresa que te deja tocar proyectos reales vale más que el doble de horas haciendo tareas sin relación con tu perfil.

¿Qué pasa si la empresa rescinde el convenio a mitad de la fase?

El convenio entre centro y empresa se puede rescindir por acuerdo entre las partes, por fuerza mayor, por incumplimiento de sus cláusulas o del plan formativo, o si pasas a ocupar un puesto de trabajo en la organización. También puedes quedar excluido de forma individual por incumplir el plan formativo, por faltas repetidas de asistencia o puntualidad sin justificar o por falta de aprovechamiento. En cualquiera de esos casos el responsable de tu formación sigue siendo el centro, que es quien debe reorganizar tu fase en empresa.